Fwd: [Solar-general] Re: [Solar-socios] felicitaciones por comenzar a respetar la libertad de expresión en solar.org.ar
Es buen punto el que aporta Miguel, exactamente a eso me refería con que quizás no fuera buena idea el poner un "planeta" con opiniones de los socios, pues nos podríamos meter en quilombos legales, y yo creo que ese problema habría que tratar de evitarlo a toda costa. Ojalá todos actuáramos con la misma responsabilidad que plantea Miguel saludos Pablo ---------- Forwarded message ---------- From: MIGUEL ANGEL BLANCO <[email protected]> Date: 2009/5/20 Subject: Re: [Solar-general] Re: [Solar-socios] felicitaciones por comenzar a respetar la libertad de expresión en solar.org.ar To: Solar Socios <[email protected]> Quiero aportar al intercambio de ideas, otro enfoque, el jurídico, que obliga al manejo con el mayor de los cuidados los comentarios en nuestro sitio, ya que podemos caer en trampas legales manejadas por hábiles abogados y jueces no muy enterados de las tecnologías de la Información. Publicaciones controversiales dejan expuestos a los compañeros (Presidente y Vice) que tienen responsabilidad legal por los comentarios vertidos en SOLAR, traigo como ejemplo jurisprudencia (caso donde la justicia ya se ha expedido) y cito escrito de jueces. Un sitio / blog puede ser equiparado en lo que a la participación de sus usuarios se refiere a un foro moderado, eso es lo que de alguna manera se puede inferir de la lectura del fallo S.M y otros c/ Jujuy Digital y/o Jujuy.com y otros s/daños y perjuicios en el que la Sala 1ª de la Cámara Civil y Comercial de Jujuy y del Superior Tribunal de Jujuy condenó por daño moral al administrador del sitio Jujuy.com. (Para nuestro caso la responsabilidad cae en la CD por ser una Organización) Texto completo del fallo El hecho es que alguien se tomó el trabajo de detallar las supuestas aventuras de una mujer y sus ocasionales amigos. e incluirlo en forma de comentario dentro de la página. La sentencia establece que cada dueño de un sitio web es responsable por lo que se diga en él, los comentarios no fueron más que “rumores insidiosos” y “agraviantes” y provocaron una situación de humillación para la pareja. Y teniendo en cuenta que dentro del código civil hay un artículo, el 1113, segunda parte que establece que los dueños de una cosa (o dirigentes) son responsables por los riesgos que ella pudiera ocasionar a terceros. En definitiva, por no moderar adecuadamente los mensajes en la página, el titular del sitio web terminó pagando: $ 20.000 para cada parte “injuriada" (esposo y esposa) $ 9.600 para el abogado demandante $ 6.720 para el abogado defensor $ 960 y $ 670 en concepto de costas por un incidente dentro del proceso. $ 5.600 En concepto de honorarios para el abogado demandante por su trabajo en la apelación. Aprox. $ 4.000 Costo que tuvo el escrito de apelación. Como verán más allá de la horizontalidad buscada en la toma de decisiones, se debe poseer unas claras políticas de uso del sitio web, y es imprescindibles respetarlas, porque en definitiva los errores en pos de la libertad sin límites, mal llamada libertad de expresión y frente a la ley le pueden ocasionar problemas a otro compañero (que no podrá aludir a la horizontalidad para justificarse) y a SOLAR en su conjunto ante una eventual demanda judicial de esta naturaleza. Es otro enfoque, frío y sin ideología, como la letra de las leyes, no más comentarios, sigo trabajando para el Software Libre!!! Miguel
Me parece bien analizar las cuestiones legales, pero para eso habría que consultar a un especialista. A simple vista no parece que se un caso comparable, el ejemplo de Jujuy.com con una publicación como la de Marcos, por varios motivos, pero fundamentalmente porque una cosa es difundir aspectos de la vida privada de una persona cualquiera y otra muy diferente criticar acciones y posturas de los gobernantes, que son de público conocimiento y de interés público. 2009/5/20 Pablo De Napoli <[email protected]>
Es buen punto el que aporta Miguel, exactamente a eso me refería con que quizás no fuera buena idea el poner un "planeta" con opiniones de los socios, pues nos podríamos meter en quilombos legales, y yo creo que ese problema habría que tratar de evitarlo a toda costa.
Ojalá todos actuáramos con la misma responsabilidad que plantea Miguel
saludos Pablo
---------- Forwarded message ---------- From: MIGUEL ANGEL BLANCO <[email protected]> Date: 2009/5/20 Subject: Re: [Solar-general] Re: [Solar-socios] felicitaciones por comenzar a respetar la libertad de expresión en solar.org.ar To: Solar Socios <[email protected]>
Quiero aportar al intercambio de ideas, otro enfoque, el jurídico, que obliga al manejo con el mayor de los cuidados los comentarios en nuestro sitio, ya que podemos caer en trampas legales manejadas por hábiles abogados y jueces no muy enterados de las tecnologías de la Información.
Publicaciones controversiales dejan expuestos a los compañeros (Presidente y Vice) que tienen responsabilidad legal por los comentarios vertidos en SOLAR, traigo como ejemplo jurisprudencia (caso donde la justicia ya se ha expedido) y cito escrito de jueces.
Un sitio / blog puede ser equiparado en lo que a la participación de sus usuarios se refiere a un foro moderado, eso es lo que de alguna manera se puede inferir de la lectura del fallo S.M y otros c/ Jujuy Digital y/o Jujuy.com y otros s/daños y perjuicios en el que la Sala 1ª de la Cámara Civil y Comercial de Jujuy y del Superior Tribunal de Jujuy condenó por daño moral al administrador del sitio Jujuy.com. (Para nuestro caso la responsabilidad cae en la CD por ser una Organización)
Texto completo del fallo
El hecho es que alguien se tomó el trabajo de detallar las supuestas aventuras de una mujer y sus ocasionales amigos. e incluirlo en forma de comentario dentro de la página.
La sentencia establece que cada dueño de un sitio web es responsable por lo que se diga en él, los comentarios no fueron más que “rumores insidiosos” y “agraviantes” y provocaron una situación de humillación para la pareja. Y teniendo en cuenta que dentro del código civil hay un artículo, el 1113, segunda parte que establece que los dueños de una cosa (o dirigentes) son responsables por los riesgos que ella pudiera ocasionar a terceros.
En definitiva, por no moderar adecuadamente los mensajes en la página, el titular del sitio web terminó pagando:
$ 20.000 para cada parte “injuriada" (esposo y esposa)
$ 9.600 para el abogado demandante
$ 6.720 para el abogado defensor
$ 960 y $ 670 en concepto de costas por un incidente dentro del proceso.
$ 5.600 En concepto de honorarios para el abogado demandante por su trabajo en la apelación.
Aprox. $ 4.000 Costo que tuvo el escrito de apelación.
Como verán más allá de la horizontalidad buscada en la toma de decisiones, se debe poseer unas claras políticas de uso del sitio web, y es imprescindibles respetarlas, porque en definitiva los errores en pos de la libertad sin límites, mal llamada libertad de expresión y frente a la ley le pueden ocasionar problemas a otro compañero (que no podrá aludir a la horizontalidad para justificarse) y a SOLAR en su conjunto ante una eventual demanda judicial de esta naturaleza.
Es otro enfoque, frío y sin ideología, como la letra de las leyes, no más comentarios, sigo trabajando para el Software Libre!!!
Miguel
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