Ley de software libre en la provincia de Santa Fe
Estimados y estimadas: Me llega la siguiente noticia, la provincia invencible de Santa Fe ha promulgado la ley de software libre. He aquí el texto: REGISTRADA BAJO EL Nº 12360 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY: TÍTULO I: TERMINOLOGÍA ARTICULO 1.- A los fines de la correcta interpretación y aplicación de la presente ley entiéndase por: § Programa o Software: Cualquier secuencia de instrucciones usada en procesamiento digital de datos para realizar una tarea específica o resolver problemas determinados. § Ejecución o empleo de un programa: Acto de utilizar el software para realizar funciones específicas. § Usuario: persona física o jurídica que utiliza el software. § Programador: persona que crea o modifica un software. § Código fuente o de origen: Conjunto completo de instrucciones y archivos digitales originales creados o modificados por el programador, así como todo otro archivo digital de soporte que sea necesario para ejecutar el programa. § Software libre: Es aquel que garantiza al usuario, sin costo adicional, las siguientes facultades: * Ejecución irrestricta del programa para cualquier propósito; * Acceso irrestricto al código fuente respectivo; * Inspección libre y exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del programa; * Libertad total para modificar el programa a fin de adaptarlo a las necesidades del usuario; * Facultad de copiar y distribuir libremente copias del programa, original o modificado, bajo las mismas condiciones del programa original; * El costo de obtención de una copia del código fuente del programa por parte del usuario no podrá ser significativamente mayor al costo habitual de mercado para la confección de dicha copia; § Software propietario: aquel que no reúna todos los requisitos expresados arriba. § Formato abierto. Cualquier modo de codificación de información que presente: * Documentación técnica completa públicamente disponible; código fuente disponible públicamente; * Ausencia de restricciones para la confección de programas que almacenen, transmitan, reciban o accedan a datos codificados de esta manera. TITULO II: AMBITO DE APLICACIÓN ARTICULO 2.- Los Poderes Ejecutivo, Legislativo, y Judicial, los organismos descentralizados y las empresas donde el Estado Provincial posea mayoría accionaria emplearán en sus sistemas y equipamientos de informática preferentemente software libre. TITULO III: AUTORIDAD DE APLICACIÓN ARTICULO 3.- La autoridad de Aplicación de esta Ley será el Ministerio de Hacienda y Finanzas. TITULO IV: EXCEPCIONES ARTICULO 4.- La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario. Las reparticiones del Estado Provincial incluidas en esta ley, podrán gestionar un permiso de empleo de software no libre para tareas que dependan directamente del uso del programa en cuestión. ARTICULO 5.- Las excepciones emanadas de la autoridad de aplicación deberán ser publicadas en los medios que determine la reglamentación. TITULO V: DISPOSICIONES TRANSITORIAS ARTICULO 6.- El Poder Ejecutivo reglamentará en un plazo de ciento ochenta ( 180 ) días las condiciones, tiempos y formas en que se efectuará la transición de la situación actual a una que se ajuste a la presente ley, y adecuará en tal sentido, las licitaciones y contrataciones futuras de programas de computación realizadas a cualquier título. ARTICULO 7.- El ahorro que signifique la utilización de software libre se destinará, a través de la Dirección Provincial de Informática, para la capacitación del personal provincial en la utilización de los nuevos programas. ARTICULO 8.- Se invita a los Municipios y Comunas de la Provincia a adherir a esta iniciativa. ARTICULO 9.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO. ===== ---------------------------- http://network-online.com.ar [email protected] TeleFax: +54 342 4554785 ---------------------------- ___________________________________________________________ 250MB gratis, Antivirus y Antispam Correo Yahoo!, el mejor correo web del mundo http://correo.yahoo.com.ar
Magnífica noticia! Habría que publicarla en nuestro sitio. VSebriano
Estimados y estimadas: Me llega la siguiente noticia, la provincia invencible de Santa Fe ha promulgado la ley de software libre. He aquí el texto:
REGISTRADA BAJO EL Nº 12360 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
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El dia Thu, 23 Dec 2004 12:34:03 -0300 (ART) [email protected] escribio:
Magnífica noticia! Habría que publicarla en nuestro sitio. VSebriano
Felicitaciones -- Satoru Lucas Shindoi CEL: 03783-15666916 ICQ: 95357247 - Jabber: [email protected] Messenger: [email protected] - Yahoo: [email protected] -------------------------------------------------------------------------- Sistemas de Informacion - DPEC - www.dpec.com.ar
On Thu, 23 Dec 2004 09:27:09 -0300 (ART), Gustavo Courault <[email protected]> wrote:
Estimados y estimadas: Me llega la siguiente noticia, la provincia invencible de Santa Fe ha promulgado la ley de software libre. He aquí el texto:
REGISTRADA BAJO EL Nº 12360 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
que bueno!! hay que ver como son las cosas, mientras que en Entre Rios sancionan la ley que aprueba el coprocier (consejo profesional) en la vecina Santa Fe sancionan este tipo de leyes. -- /* Rafael Bidegain Linux Registered User # 204304 CaFeLUG Grupo de Usuarios de Software Libre de Capital Federal http://www.cafelug.org.ar */
Rafael Bidegain escribió:
que bueno!!
hay que ver como son las cosas, mientras que en Entre Rios sancionan la ley que aprueba el coprocier (consejo profesional) en la vecina Santa Fe sancionan este tipo de leyes.
Pregunta de quien seguro no lee todos los post... :) es incompatible la idea de Software Libre con la de un consejo profesional?? rob
Pregunta de quien seguro no lee todos los post... :) es incompatible la idea de Software Libre con la de un consejo profesional?? rob
en el fondo no pero en la practica, la mayoria de la gente que programa en soft libre no es profesional y su trabajo seria ejercicio "ilegal" de la profesion en general quienes defendemos el soft libre defendemos la libertad de programar y de alli a la no colegiacion hay un trecho corto -- Diego Saravia [email protected]
On Mon, 27 Dec 2004 17:34:38 -0300, Roberto G. Puentes Diaz <[email protected]> wrote:
Rafael Bidegain escribió:
que bueno!!
hay que ver como son las cosas, mientras que en Entre Rios sancionan la ley que aprueba el coprocier (consejo profesional) en la vecina Santa Fe sancionan este tipo de leyes.
Pregunta de quien seguro no lee todos los post... :) es incompatible la idea de Software Libre con la de un consejo profesional?? rob Hola Rob
para hacer software libre no se requiere ningun titulo ni nadie te pide que acredites idoneidad para hacerlo. en Entre Rios despues de esta porqueria no puede trabajar nadie si no le paga peaje a l@s tip@s del coprocier. los que tienen totalmente prohibido trabajar son aquellas personas de no nacieron en Entre Rios y que no tienen titulo 'informatico'. estos, mientras este vigente la ley no podran trabajar. creo que si defendemos el derecho a usar/hacer/distribuir informacion y software libre tambien debemos pedir libertad de trabajo. -- /* Rafael Bidegain Linux Registered User # 204304 CaFeLUG Grupo de Usuarios de Software Libre de Capital Federal http://www.cafelug.org.ar */
El Lun 27 Dic 2004 23:05, Rafael Bidegain escribió:
On Mon, 27 Dec 2004 17:34:38 -0300, Roberto G. Puentes Diaz
<[email protected]> wrote:
Rafael Bidegain escribió:
que bueno!!
hay que ver como son las cosas, mientras que en Entre Rios sancionan la ley que aprueba el coprocier (consejo profesional) en la vecina Santa Fe sancionan este tipo de leyes.
Pregunta de quien seguro no lee todos los post... :) es incompatible la idea de Software Libre con la de un consejo profesional?? rob
Hola Rob
para hacer software libre no se requiere ningun titulo ni nadie te pide que acredites idoneidad para hacerlo.
Si, sino sería software libre y trabajo esclavo.
en Entre Rios despues de esta porqueria no puede trabajar nadie si no le paga peaje a l@s tip@s del coprocier.
los que tienen totalmente prohibido trabajar son aquellas personas de no nacieron en Entre Rios y que no tienen titulo 'informatico'. estos, mientras este vigente la ley no podran trabajar.
Es paradójico.
creo que si defendemos el derecho a usar/hacer/distribuir informacion y software libre tambien debemos pedir libertad de trabajo.
Ni hablar! No se puede pretender ser ético, es decir, defender un espíritu de buena voluntad, dentro de lo que es la informática, y dejar que el resto de las instituciones que nos rodean no sean éticos con los programadores. Si te planteás desde el punto de vista de la ética por medio del SL, lo más lógico es que reclames ética para todo el resto del mundo. -- ------------------------------------------------------------------------- ! Marcos Germán Guglielmetti ! ! Música y Computación ! ! .Grabación de demos ! ! .Pistas para cantantes ! ! .Clases particulares ! ! www.pc-musica.com.ar ! | (0221) 427-5391 | ------------------------------------------------------------------------- La web sin popups ni spyware: Usa Firefox en lugar de Internet Explorer http://www.mozilla.org/products/firefox/ ______________________________________
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Rafael Bidegain -
Roberto G. Puentes Diaz -
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