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From: "Bloque UCR" <
laltolaguirre@cpenet.com.ar>
Subject: Ordenanza Software libre
Date: Fri, 28 Oct 2005 10:52:41 -0300
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>Ordenanza Software libre
>
>El
Concejo Deliberante de Santa Rosa aprobó por unanimidad el Proyecto de
Ordenanza del Concejal Radical Leandro Altolaguirre por el cual se
encomiénda al Departamento Ejecutivo Municipal la elaboración de un
plan de migración de las diferentes herramientas de Software
(Herramientas de Escritorio y/o Servidores) que utilice la
Municipalidad, hacia plataformas de Software libre y de código abierto,
compatibles con los enunciados, planes y estándares del Estado
Nacional.-
>
>Esta
iniciativa se sustenta en la creciente complejidad de las actividades
del Municipio que llevan a la necesidad de contar con información
fiable, útil y oportuna, no solamente en lo administrativo sino,
principalmente, en cuanto a datos de la gestión, por ello la presente
ordenanza tiene por objeto establecer los lineamientos de las políticas
de incorporación y gestión de software, que garanticen la debida
protección de la integridad, confidencialidad, accesibilidad,
interoperabilidad, compatibilidad de la información y auditabilidad de
su procesamiento en la Administración Municipal.
>Los sistemas
actualmente en uso están basados en programas propietarios de cuyo alto
costo de licencia somos concientes. Ejemplo de ésto es el costo de la
licencia del Windows XP OEM U$S 140,00 y del Office Basic
Edition 2003 Win32 Spanish OEM CD U$S 260,00. Cada una de estas
licencias OEM, se pagan cuando se compran máquinas nuevas.
>Los precios de las Licencias son por cada computadora.
>
>Estos
programas aportan ventajas tecnológicas, económicas, y políticas de
indudable repercusión pública y que seguidamente sintetizamos:
>
>Ventajas
tecnológicas: son ampliamente reconocidas por expertos en informática a
nivel mundial. Permite resolver eventualidades de toda índole,
contrario a los productos de "código cerrado". Brinda mayor seguridad,
tanto de la información como de protección ante ataques externos para
introducirse al sistema (hackeo), con relación a los sistemas
propietarios en uso. Amplía la capacidad operativa, debido a la
agilidad de los programas que requieren menores exigencias de Hardware.
>
>Ventajas
económicas: no requieren los onerosos costos de licencia de los
programas propietarios y permiten una mayor vida útil operacional al
parque de computadoras. Las actualizaciones posteriores del Software
libre, se realizan sin costos, ni pago de licencias.
>
>Ventajas
políticas: las propias características del software libre permitirá su
adaptación a las necesidades del Municipio sin depender de paquetes
licenciados, posibilitando además, la estimulación para la capacitación
de los profesionales de informática de nuestro medio y su difusión
entre las instituciones intermedias, empresas y usuarios en general, en
el marco del concepto "el Municipio como motor del desarrollo".
>En
el mundo se han formado cientos de Grupos de Programadores/ Usuarios de
diversos sistemas operativos libres, siendo tal vez el más famoso el
GNU/LINUX. Dichas agrupaciones están creadas con el objetivo de
compartir conocimientos, desarrollar programas libres y de código
abierto, producir actualizaciones, y de brindarse comunitariamente
soporte técnico. En todas partes se los reconoce con la siglas
L.U.G.(Linux User Group), el de aquí de La Pampa es La Pampa L.U.G..
>Asimismo existen programas de sof. libre para casi todas las áreas.
>
>Despacho
de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones del Concejo
Deliberante de Santa Rosa del Proyecto de Ordenanza del Bloque de
Concejales de la Unión Cívica Radical
>
>Proyecto de ORDENANZA
>
>
>Artículo 1º. Declárase de interés municipal las iniciativas informáticas relacionadas con Software libre de Código abierto.-
>
>Artículo
2º. Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal la elaboración de
un plan de migración de las diferentes herramientas de Software
(Herramientas de Escritorio y/o Servidores) que utilice la
Municipalidad, hacia plataformas de Software libre y de código abierto,
compatibles con los enunciados, planes y estándares del Estado
Nacional. La selección de software a migrar garantizará la protección
de la integridad, confidencialidad, accesibilidad, información y
auditabilidad manteniendo la calidad del servicio.-
>
>Artículo 3º. A los efectos del cumplimiento de la presente ordenanza, entiéndese por:
>a)
Programa o "Software": a cualquier secuencia de instrucciones usada por
un dispositivo de procesamiento digital de datos para llevar a cabo una
tarea específica o resolver un problema determinado.
>b) Ejecución o empleo de un programa: Colocar en forma operativa, al
programa (Software) para que cumpla la función para la que fué prevista.
>c) Usuario: a aquella persona física o jurídica que emplea el software.
>d)
Código fuente o de orígen, o programa fuente o de orígen: al conjunto
completo de instrucciones y archivos digitales originales creados o
modificados por quien los programara, más todos los archivos digitales
de soporte, como tablas de datos, imágenes, especificaciones,
documentación, y todo otro elemento que sea necesario para producir el
programa ejecutable a partir de ellos. Como excepción, podrán excluirse
de este conjunto aquellas herramientas y programas que sean
habitualmente distribuidos como software libre por otros medios como,
entre otros, compiladores, sistemas operativos y librerías.
>e) Software Libre, Programas Libres o Sistemas Libres: software licenciado por su autor de manera tal que se ofrezcan a sus
usuarios, sin costo adicional, las siguientes libertades:
>
e.1) ejecución irrestricta del programa para cualquier propósito.
>
e.2) acceso irrestricto al código fuente o de origen respectivo.
>
e.3) inspección exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del
programa.
>
e.4) uso de los mecanismos internos y de cualquier porción arbitraria
del programa para adaptarlo a las necesidades del usuario.
>
e.5) libertad de estudiar la manera en que el programa opera
(incluyendo la realización de cualquier tipo de pruebas técnicas y la
publicación de sus resultados) sin ninguna restricción y adaptarlo a
las necesidades particulares del usuario.
>
e.6) confección y distribución pública de copias del programa.
>
e.7) modificación del programa y distribución libre, tanto de las
alteraciones como del nuevo programa resultante, bajo las mismas
condiciones de licenciamiento del programa original.
>Además, el
costo de obtención de una copia del código fuente del programa por
parte del usuario no podrá ser significativamente mayor al costo
habitual de mercado en concepto de materiales, mano de obra y logística
necesaria para la confección de dicha copia.
>
>f)
Parágrafo: La libertad descripta en el apartado e.1) implica que la
licencia del software no incluya ninguna restricción al número de
usuarios que pueden ejecutarlo, número de equipos en que se puede
instalar ni propósitos para el que se puede utilizar.
>
>g)
Parágrafo: Para poder garantizar las libertades número e.3), e.4) e.5)
y e.6), es necesario que los usuarios del software tengan acceso a su
código fuente y que éste se encuentre en un formato abierto.
>
>h)
Software Propietario, Software Privativo o Programas Privativos: Exige
para su uso el pago de una licencia, ya sea por la compra de una copia,
o por el alquiler durante un determinado período. Es todo software que
no es libre, es decir, aquel cuyo autor no está dispuesto a licenciar
las libertades enunciadas en el apartado e.
>
>i) Formato Abierto: Cualquier modo de codificación de información digital que satisfaga las siguientes condiciones:
>
> 1.
Su documentación técnica completa esté disponible públicamente.
>
> 2.
Exista al menos un programa de software libre que permita almacenar,
presentar, transmitir, recibir y editar cualquier información
representada en él.
>
> 3.
No existan restricciones para la confección de programas que almacenen,
transmitan, reciban o accedan a datos codificados de esta manera.
>
>j) OEM: denominación dada a una licencia de Software propietario, incluida en el precio de un equipo nuevo.
>
>k) GNU/LINUX: Sistema Operativo libre, de código abierto.
>
>l) Hardware: Partes físicas de una computadora o de un sistema formado por las mismas.-
>
>Artículo 4º. De forma.-
>
>Ing. Leandro Altolaguirre
>
>Bloque UCR de Concejales
>Cel. nº: 15669627
>E mail: laltolaguirre@cpenet.com.ar
>Av. San Martín nº 50, 1º piso, CP 6300,
>Santa Rosa, La Pampa - Patagonia Argentina
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.:[ Ezequiel Pérez | eazel7 ]:.