Mañana?

pero si no cumplieron con el art. 27

esa asamblea sera nula de nulidad absoluta


Atenti con la ley
 
INEFICACIA E IRREGULARIDAD DE RESOLUCIONES

Artículo 129. - La celebración y resoluciones de asambleas de las asociaciones civiles podrán ser declaradas ineficaces o irregulares cuando:

a) Se hubiera omitido la publicación de aviso de convocatoria prevista en el estatuto.

b) Se hubiese incurrido en omisiones de formalidades estatutarias que impidiesen a los in teresados presentar, en tiempo y forma, la lista de candidatos para su oficialización.
c) Su realización se origine en indebidas interpretaciones estatutarias, fijadas por la comisión directiva
d) En los demás supuestos previstos por la Ley N° 22.315.


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Diego Saravia
Diego.Saravia@gmail.com
NO FUNCIONA->dsa@unsa.edu.ar